El Gobierno peruano ha oficializado la prórroga de los beneficios tributarios para ciudadanos que regresan al país tras residir en el extranjero. Con la promulgación de la Ley 32722, los compatriotas que decidan retornar podrán acogerse a incentivos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2029, facilitando su reintegración económica y social.

Extienden beneficios tributarios para migrantes retornados

La reciente norma, publicada en el diario oficial El Peruano, amplía la vigencia de los incentivos contemplados en la Ley 30001, conocida como Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado. Inicialmente, estos beneficios vencían el 13 de julio de 2026, pero ahora su alcance se extiende por tres años y medio más.

La ampliación del régimen especial entrará en vigor a partir del 14 de julio de 2026. De este modo, se busca ofrecer mayores facilidades a los peruanos que desean regresar al país, permitiéndoles trasladar bienes sin afrontar una carga tributaria considerable.

Esta medida responde a la necesidad de impulsar la reinserción de los migrantes retornados, promoviendo su participación en la economía nacional y ayudando a que retomen sus actividades laborales, empresariales o profesionales en territorio peruano.

Bienes exonerados de impuestos para el migrante retornado

La legislación otorga a los beneficiarios la posibilidad de introducir al Perú, por única vez, determinados bienes adquiridos en el extranjero sin pagar tributos. Entre los productos exonerados figuran aquellos destinados a facilitar la vida y el trabajo de quienes retornan.

  • Menaje de casa: artículos personales y del hogar, hasta un valor máximo de US$ 50.000.
  • Vehículo automotor: un auto por hasta US$ 50.000.
  • Instrumentos, maquinarias y equipos: bienes vinculados a actividades profesionales o empresariales, incluyendo dispositivos médicos y otros equipos, hasta un tope de US$ 350.000.

Estos beneficios buscan reducir los obstáculos económicos para quienes desean reiniciar su vida en el Perú, permitiendo que retornen con los recursos necesarios para continuar desarrollando su labor profesional o emprender nuevos proyectos.

Requisitos para acceder a los incentivos tributarios

Los incentivos están dirigidos exclusivamente a peruanos que hayan residido en el extranjero y decidan regresar al país de manera permanente. Es fundamental que los interesados cumplan con los requisitos y procedimientos detallados en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado y su reglamento.

Entre los aspectos a considerar se encuentra la necesidad de acreditar el tiempo de residencia en el exterior, así como presentar la documentación que respalde la adquisición de los bienes que se desean ingresar. La exoneración de tributos se concede solo una vez y bajo las condiciones establecidas por la ley.

La extensión del régimen especial hasta finales de 2029 representa una oportunidad adicional para los compatriotas que, por diversos motivos, optan por retornar y contribuir con su experiencia y capital al desarrollo nacional.

Perspectivas de reinserción y cierre

Con la prórroga de estos beneficios, el Estado peruano busca facilitar la transición de los migrantes retornados, promoviendo su integración económica y social. La medida refuerza el compromiso de acompañar a quienes deciden regresar, brindándoles condiciones más favorables para retomar sus actividades en el país.

La vigencia de la Ley 32722 hasta 2029 ofrece un marco de apoyo concreto, incentivando que más peruanos en el extranjero consideren el retorno como una alternativa viable para su desarrollo personal y profesional en el Perú.